Documento NDA-2026-08-v2

Acuerdo de Confidencialidad (NDA)

Este acuerdo protege la información técnica y comercial que compartes con The Molding Guy al cotizar, desarrollar o dar seguimiento a un proyecto de molde de inyección. Puedes firmarlo electrónicamente desde tu portal de cliente.

1. Partes

Celebran el presente Acuerdo de Confidencialidad (el "Acuerdo"), por una parte, The Molding Guy, con domicilio en Av. Reforma 37, Centro, Pedro Escobedo, C.P. 76700, Querétaro, México, correo info@themoldingguy.com (en adelante, el "Receptor"); y, por la otra, la persona física o moral identificada en el registro de firma electrónica del portal de clientes (en adelante, el "Divulgante"). Receptor y Divulgante serán referidos conjuntamente como las "Partes".

2. Objeto

El presente Acuerdo tiene por objeto establecer los términos bajo los cuales el Receptor recibirá, usará y protegerá la Información Confidencial del Divulgante con motivo de la evaluación, cotización, diseño, gestión, seguimiento y/o ejecución de proyectos de moldes de inyección de plástico, herramentales, piezas inyectadas y servicios relacionados (el "Propósito").

3. Definición de Información Confidencial

Se entiende por "Información Confidencial" toda información, en cualquier formato y por cualquier medio (plataforma, correo, mensajería, verbal o físico), que el Divulgante entregue o revele al Receptor, incluyendo de manera enunciativa mas no limitativa: (a) modelos y archivos 3D en cualquier formato (STEP, STL, IGES, OBJ, 3MF, PLY, archivos nativos de CAD u otros); (b) planos 2D, tolerancias, especificaciones geométricas y dimensionales, símbolos GD&T y notas de proceso; (c) especificaciones de materiales, resinas, cargas, acabados y tratamientos; (d) volúmenes de producción, pronósticos de demanda, fechas de lanzamiento y estrategias de producto; (e) información comercial, financiera, de costos objetivo y de proveedores; (f) prototipos, muestras físicas y resultados de pruebas; y (g) cualquier otra información que por su naturaleza o por las circunstancias de su divulgación deba razonablemente considerarse confidencial, aun sin estar marcada como tal.

4. Obligaciones del Receptor

El Receptor se obliga a: (a) usar la Información Confidencial única y exclusivamente para el Propósito; (b) no divulgarla, publicarla ni ponerla a disposición de terceros sin autorización previa y por escrito del Divulgante; (c) limitar el acceso a la Información Confidencial a sus empleados, colaboradores y proveedores que necesiten conocerla para el Propósito y que estén sujetos a obligaciones de confidencialidad al menos tan estrictas como las del presente Acuerdo, siendo el Receptor responsable de su cumplimiento; (d) no fabricar, reproducir, comercializar ni permitir que terceros fabriquen la pieza, el molde o productos derivados de la Información Confidencial para persona distinta del Divulgante; (e) no realizar ingeniería inversa, descompilación o análisis de la Información Confidencial para fines distintos del Propósito; y (f) notificar al Divulgante sin demora injustificada sobre cualquier uso o divulgación no autorizados de los que tenga conocimiento, cooperando razonablemente para mitigar sus efectos.

5. Medidas de seguridad

El Receptor protegerá la Información Confidencial con el mismo grado de cuidado que emplea para su propia información confidencial y, en todo caso, con un grado de cuidado razonable para la industria, incluyendo: almacenamiento de archivos en repositorios privados con cifrado en tránsito y en reposo, control de acceso mediante credenciales individuales y roles, registro de auditoría de accesos y operaciones, y comunicaciones a través de canales seguros.

6. Conservación, devolución y eliminación

(a) Si no se concreta un proyecto, los archivos compartidos para cotización se eliminan de la plataforma a los 90 días naturales a partir de su carga. (b) Si el proyecto se concreta, la Información Confidencial se conserva únicamente durante la vida del proyecto y su periodo de garantía. (c) En cualquier momento, a solicitud escrita del Divulgante, el Receptor devolverá o destruirá la Información Confidencial y certificará su destrucción, salvo la copia mínima que el Receptor deba conservar por obligación legal, auditoría o respaldo automatizado, la cual permanecerá sujeta a este Acuerdo.

7. Propiedad intelectual

Toda la Información Confidencial, incluyendo los derechos de propiedad intelectual e industrial sobre el diseño de la pieza, es y seguirá siendo propiedad exclusiva del Divulgante. Ninguna disposición de este Acuerdo transfiere u otorga al Receptor licencia, derecho o interés alguno, expreso o implícito, distinto del uso limitado necesario para el Propósito. Las mejoras o desarrollos del Receptor relativos a su propio know-how de fabricación de moldes permanecen como propiedad del Receptor siempre que no incorporen Información Confidencial del Divulgante.

8. Excepciones

Las obligaciones de confidencialidad no aplican a información que el Receptor demuestre que: (a) era o llegó a ser del dominio público sin incumplimiento de este Acuerdo; (b) obraba lícitamente en su poder antes de la divulgación, libre de obligación de confidencialidad; (c) fue recibida lícitamente de un tercero sin restricción de confidencialidad; o (d) fue desarrollada de forma independiente sin uso de la Información Confidencial. Asimismo, el Receptor podrá revelar Información Confidencial cuando así lo exija una autoridad competente u obligación legal, en cuyo caso notificará al Divulgante con la anticipación que sea legalmente posible y revelará únicamente lo estrictamente requerido.

9. Datos personales

Los datos personales que el Divulgante proporcione (nombre, correo, teléfono, empresa) serán tratados por el Receptor conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, únicamente para la gestión del Propósito, el contacto comercial relacionado y el cumplimiento de obligaciones legales. El Divulgante puede ejercer sus derechos ARCO escribiendo a info@themoldingguy.com.

10. No solicitación y no elusión

Durante la vigencia de este Acuerdo, ninguna de las Partes utilizará la información recibida de la otra para eludir la relación comercial, contratando o contactando directamente a los clientes, proveedores o personal clave de la otra Parte identificados a través de la Información Confidencial, con el fin de obtener una ventaja indebida.

11. Incumplimiento y remedios

Las Partes reconocen que el uso o divulgación no autorizados de la Información Confidencial puede causar daños de difícil cuantificación y reparación, por lo que el Divulgante podrá solicitar, además de la indemnización por daños y perjuicios que corresponda conforme a derecho, las medidas precautorias o de suspensión que resulten procedentes para impedir o detener el incumplimiento.

12. Vigencia y supervivencia

Este Acuerdo surte efectos a partir de su firma electrónica y las obligaciones de confidencialidad permanecerán vigentes durante 5 años contados desde la última divulgación de Información Confidencial, aun cuando no se concrete ningún proyecto o el proyecto concluya. Las cláusulas 7 (propiedad intelectual) y 11 (remedios) sobreviven a la terminación del Acuerdo.

13. Disposiciones generales

(a) Este Acuerdo constituye el entendimiento íntegro de las Partes sobre su objeto y sustituye acuerdos previos verbales o escritos sobre la misma materia. (b) Ninguna Parte podrá ceder este Acuerdo sin consentimiento escrito de la otra. (c) Si alguna cláusula resultara inválida, las restantes conservarán plena validez. (d) La falta de ejercicio de un derecho no implica renuncia al mismo. (e) Las notificaciones se realizarán a los correos registrados en el portal de clientes y a info@themoldingguy.com.

14. Firma electrónica, ley aplicable y jurisdicción

Las Partes acuerdan que la firma electrónica realizada en el portal de clientes — que registra el nombre del firmante, su empresa, el trazo de firma, la versión del documento, la fecha y hora, la dirección IP y el navegador utilizado — expresa válidamente su consentimiento y produce los mismos efectos que la firma autógrafa, en términos de los artículos 89 y siguientes del Código de Comercio y demás disposiciones aplicables de los Estados Unidos Mexicanos. Para la interpretación y cumplimiento de este Acuerdo, las Partes se someten a las leyes federales de México y a los tribunales competentes del Estado de Querétaro, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro.

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